Los meses van pasando y se acerca la fecha en la que las empresas tendrán que adaptarse al nuevo sistema de cálculo de las liquidaciones a la Seguridad Social.
El Proyecto Cret@ (Control de Recaudación por Trabajador a través de Internet), tiene como objetivo simplificar el proceso actual, evitando errores y reduciendo costes tanto a las empresas porque tendrán menos recargos, como en la administración.
¿Cuándo entra en vigor el proyecto cret@?
En estos momentos el proyecto se encuentra en una Fase Beta, donde algunas empresas ya están trabajando junto con la TGSS realizando los envíos y pruebas necesarias. En el mes de Junio comenzará una Fase de Gestión, donde algunas empresas serán llamadas para realizar pruebas más exhaustivas tanto de los programas de nómina cómo de los programas de la TGSS.
De todas formas, en estas fases de pruebas, todas las liquidaciones reales se deberán realizar a través del Sistema RED.
En octubre arranca el sistema de recaudación directa. Paulatinamente se irán incorporando al sistema todos los autorizados. Desde que se reciba la comunicación oficial y durante un plazo máximo de tres meses se podrán realizar pruebas a través del Wincret@ prácticas y realizar las comunicaciones reales mediante el fichero FAN. Una vez pasados los tres meses, las comunicaciones de liquidaciones reales se realizarán sólo a través del sistema de recaudación directa.
¿Qué cambios supone el nuevo sistema de recaudación direta?
La principal diferencia es que ya no se realizará una autoliquidación de las cotizaciones. Será la TGSS, la que con los datos que las empresas le envíen, y tras contrastarlos con las bases de datos del SEPE, INSS y Mutuas, lleve a cabo el cálculo de las cuotas de la Seguridad Social. Se va a pasar de un formato de autoliquidación a un formato de “facturación” por parte de la TGSS.
La desaparición de las autoliquidaciones parece un cambio lógico que debería haberse realizado hace tiempo. ¿Por qué disponiendo la Seguridad Social de la mayoría de los datos para hacer los cálculos, son las empresas las que los realizan? ¿Por qué se trabajaba doblemente, teniendo después la TGSS que validarlos y realizar recargos en caso de errores? Aunque el objetivo de este cambio es que la TGSS asuma una actitud proactiva que facilitará el trabajo a las empresas, no nos tenemos que olvidar de algo evidente: La TGSS tendrá disponible toda la información sobre nuestros ingresos (ingresos por los que cotizamos pero también sobre aquellos por los que no cotizamos) y adquirirá un mayor control sobre todos nuestros datos gracias a la comunicación entre las distintas entidades.
Otro cambio que va a suponer una gran diferencia es que la cotización no se realizará a nivel de CCC como hasta ahora, si no que se realizará a nivel de trabajador. Esto supone, que las empresas podrán hacer liquidaciones parciales sólo con aquellos trabajadores consolidados. Además, en un mes se podrán enviar tantas liquidaciones parciales como se desee hasta realizar la liquidación correctamente a todos los trabajadores.
¿Cómo se va a realizar la comunicación con la TGSS?
Vemos a continuación cómo será la forma de trabajar cuando Cret@ esté disponible:
- El autorizado solicita la liquidación a la TGSS (Puede solicitarse hasta el penúltimo día del mes de recaudación).
- La TGSS emite un borrador con los cálculos
- La empresa debe corregir las discrepancias entre su sistema y las distintas entidades. Plazo: Hasta el penúltimo día del mes.
- Si la empresa no ha solicitado el recibo anteriormente, la TGSS el día 24, 28 y diariamente a partir del 28 envía el Recibo de Liquidación con aquellos trabajadores que estén consolidados.
Y hasta aquí el primer artículo sobre la reforma del sistema de liquidación. Todavía quedan muchas dudas que resolver, así que continuaremos informando según vayamos conociendo más información. ¡Habrá que estar atentos para que no se nos escape nada!
Podéis descargaros la presentación de la Seguridad Social sobre el Sistema de Recaudación Directa aquí .
Buenos dias,
Quisiera preguntarles si ustedes implementaron las soluciones SAP para el Seguro Social de su país.
De antemano muchas gracias.
Angel Larreal
Buenos días Angel,
La respuesta a tu pregunta es SÍ, lo hemos implementado en varios clientes.
Un saludo y muchas gracias por participar en nuestro blog.